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miércoles, 17 de marzo de 2010

MULTAN AL BANCO DE CREDITO..POR TRAFAS


Multan con S/.36 mil al Banco de Crédito por el cobro indebido de una deuda. La entidad financiera deberá devolverle a una usuaria el dinero que le descontó de su cuenta bancaria correspondiente a su sueldo.
El banco incumplió una norma del cobro de deudas y fue sancionado. (USI)
Indecopi sancionó con 36 mil soles al Banco de Crédito por cobrar la deuda de una consumidora con fondos correspondientes a su sueldo, sin considerar el límite legal establecido para estos casos.
Se determinó que si bien la ley establece el derecho parcial que tienen los bancos para cobrar las deudas de los clientes con el dinero de sus otras cuentas, esto es limitado cuando los fondos corresponden a sueldos depositados en una cuenta de ahorros.
Es decir, los bancos no pueden cobrar una deuda con fondos que correspondan a sueldos, salvo que dichas remuneraciones sean mayores a S/.1,800 y solo por un tercio de dicho exceso. Sin embargo, el citado banco realizó dos descuentos de la cuenta de pago de haberes de la denunciante por montos de S/.719.70 y S/. 2,657, incumpliendo la norma señalada.
Además, la sala determinó que el banco cometió una infracción al bloquear sin previo aviso la cuenta de la consumidora con el fin de realizar los descuentos señalados. El bloqueo de las cuentas solo puede realizarse si fue aceptado por el cliente en el contrato suscrito, lo cual no sucedió en este caso. El BCP deberá dovolverle a la consumidora el dinero descontado de su cuenta......NUESTRA WEB INTEGRA LA GRAN RED NACIONAL DE NOTICIAS

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