La ordenanza regional que declara en emergencia hidrica en TACNA podria costituir un caso de USURPACION DE FUNCIONES EN CONTRA DEL ESTADO PERUANO, esta argucia Tacneña se produjo al argumentar un déficit hidfrico de 8.451 m3*seg, que perjudica a la población y al agro. El Ing. Javier Rospigliosi, especialista en proyectos hidroenergeticos, mineros y ambientales, sostuvo que la Legislación vigente, NO TIENE LOS GOBIERNOS REGIONALES FACULTADES LEGISLATIVAS SOBRE RECURSOS NATURALES..La region Moquegua deberia enjuiciar al Gobierno Regional de >Tacna por los casos de las cuencas hidricas que pertenecen a >Moquegua. Sustento Ley General de aguas 17752
miércoles, 2 de enero de 2008
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